DÍA SIN IVA. MÁS 10% DE DESCUENTO EN TODA LA TIENDA.

¿QUÉ ES EL DÍA SIN IVA?

El día sin IVA es un beneficio que el Gobierno Nacional otorga a todos los colombianos a través de la Ley 2155 del 14 de septiembre de 2021, que establece la exención especial del impuesto al valor agregado IVA, en productos específicos y hasta por tres (3) días al año.

*La deducción que aplica a la presente venta, corresponde a la exención establecida en el la Ley 2155 del 14 de septiembre de 2021. NO es una promoción

*El beneficio del IVA sobre cada producto solo se va a ver reflejado cuando registre el método de pago permitido para obtener el beneficio (Tarjeta Crédito, Tarjeta Débito, PSE o efectivo solo en la tiendas).

DÍAS SIN IVA 2022

Viernes 11 de marzo

Viernes 17 de junio

Viernes 2 de diciembre

NORMAS Y LEYES QUE REGULAN EL DÍA SIN IVA

Ley 2155 del 14 de Septiembre de 2021

Decreto 1314 del 20 de octubre de 2021

Resolución 117 del 21 de octubre de 2021

QUIENES PUEDEN ACCEDER A LA EXENCIÓN

Solo directamente personas naturales, En forma presencial y/o a través de medios electrónicos y/o virtuales.

BIENES CUBIERTOS POR LA EXENCIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS -IVA.

Los bienes cubiertos por la exención en el impuesto sobre las ventas -IVA son aquellos que se señalan a continuación:

  1. Vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igualo inferior a veinte (20) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA. ($ 760.080). Son las prendas de vestir de todo tipo, entendiéndose por cualquier pieza de vestido o calzado, sin tener en cuenta el material de elaboración. Se excluyen las materias primas.
  1. Complementos del vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igualo inferior a veinte (20) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA. ($ 760.080). Son aquellos complementos que acompañan el vestuario de una persona, que incluyen únicamente los morrales, maletines, bolsos de mano, carteras, gafas, paraguas, pañoletas y bisutería.

3. Electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones, cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA. ($3.040.320). Son los aparatos eléctricos que se utilizan en el hogar, que incluyen únicamente televisores, parlantes de uso doméstico, tabletas, refrigeradores, congeladores, lavaplatos eléctricos, máquinas de lavar y secar para el hogar, aspiradoras, estufas, enceradoras de piso, trituradores eléctricos de desperdicios, aparatos eléctricos para preparar y elaborar alimentos, máquinas de afeitar eléctricas, cepillos de dientes eléctricos, calentadores de agua eléctricos, secadores eléctricos, planchas eléctricas, calentadores de ambiente y ventiladores de uso doméstico, aires acondicionados, hornos eléctricos, hornos microondas, planchas para cocinar, tostadores, cafeteras o teteras eléctricas y resistencias eléctricas para calefacción, y computadores personales y equipos de comunicaciones. En esta categoría se incluyen los bienes descritos en este numeral que utilizan el gas combustible o energía solar para su funcionamiento.

  1. Elementos deportivos cuyo precio de venta por unidad sea igualo inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA. ($3.040.320). . Son los artículos especializados para la práctica de deportes, que incluyen únicamente pelotas de caucho, bolas, balones, raquetas, bates, mazos, gafas de natación, trajes de neopreno, aletas, salvavidas, cascos, protectores de manos, codos y espinillas, manillas, guantes de béisbol y sóftbol, guantes de boxeo y zapatos especializados para la práctica de deportes. Esta categoría incluye bicicletas y bicicletas eléctricas.
  1. Juguetes y juegos cuyo precio de venta por unidad sea igualo inferior a diez (10) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA. ($ 380.040).

Son los objetos para entretener y divertir a las personas, especialmente niños, que incluyen únicamente las muñecas, los muñecos que representen personajes, los animales de juguete, muñecos de peluche y de trapo, instrumentos musicales de juguete, naipes, juegos de tablero, juegos electrónicos y videojuegos, trenes eléctricos, sets de construcción, juguetes con ruedas diseñados para ser utilizados como vehículos, rompecabezas y canicas. Esta categoría no incluye artículos de fiesta, carnavales y artículos recreativos, programas informáticos ni softwares. Esta categoría incluye patinetas y patinetas eléctricas.

  1. Útiles escolares cuyo precio de venta por unidad sea igualo inferior a cinco (5) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA. ($ 190.020). Son el conjunto de artículos necesarios para el desarrollo de actividades pedagógicas en el contexto escolar y universitario que incluyen únicamente cuadernos, software educativo, lápices, esferas, borradores, tajalápices, correctores, plastilina, pegantes y tijeras.
  1. Bienes e insumas para el sector agropecuario cuyo precio de venta por unidad sea igualo inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el impuesto sobre las ventas -IVA. ($3.040.320)

Preguntas frecuentes

Tarjetas débito y crédito, PSE, Efectivo (aplica solo para tiendas)

Puedes comprar máximo 3 unidades del mismo bien cubierto y vendido por el mismo responsable (Comerciante), independientemente del canal por donde realices tu compra sea en tienda física o e-commerce (Virtual).

En nuestra pagina web podrías adquirir : 3 unidades de ROMPECABEZAS, 3 unidades de SET DE CONTRUCCIÓN , 3 unidades MUÑECAS.

  • Ser persona natural
  • Suministrar nombre completo y documento de identidad y demás datos indispensables para poder completar la información para suministrar su factura electrónica.
  • Realizar el pago en efectivo o a través de tarjeta de crédito, débito, PSE o PIN (comercio electrónico).
  • El beneficio procede para máximo en tres (3) unidades del mismo del mismo bien cubierto y vendido por el mismo responsable (Comerciante), independientemente del canal por donde realices su compra sea tienda física o E-commerce (Virtual)
  • En atención al numeral 4 del artículo 39 de la Ley 2155 del 14 de septiembre de 2021, los pedidos que se realicen a través de canales virtuales el día sin IVA designado por el gobierno nacional, entraran a revisión con el fin de verificar que el número de unidades adquiridas entre la plataforma y en los diferentes canales, no sobrepasen los tres artículos del mismo bien cubierto sobre los cuales opera el beneficio de exención de IVA. Una vez verificado que el beneficio aplica sobre sus compras, dentro de los 1 días siguientes al día sin IVA designado por el gobierno nacional, Grupo HERFAL SAS ( Estimularte jugueteria) confirmará mediante correo electrónico su compra, en caso contrario, dentro de las mencionadas fechas, se procederá a informar a éste sobre la cancelación de su pedido y se realizará la devolución de dinero atendiendo las políticas de devoluciones, las cuales se encuentran publicadas en:  https://jugueteriaestimularte.com/juguetes/reembolso_devoluciones/.